Mutuo Acuerdo

El divorcio de mutuo acuerdo de común acuerdo o amistoso, es aquel que es solicitado por los dos cónyuges conjuntamente o por uno de los cónyuges (Persona unida a otra en matrimonio.) con el consentimiento del otro.

Convenio regulador de divorcio de mutuo acuerdo

El convenio regulador es un documento privado mediante el cual el matrimonio resuelve la situación de los hijos.

Es imprescindible que los cónyuges que quieren divorciarse estén de acuerdo en disolver su vínculo matrimonial, así como en las medidas que se deben adoptar. Es requisito necesario que las partes redacten, de común acuerdo, el documento (convenio regulador) en el que se deciden las cuestiones referentes a:

  • El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, es decir, el tipo de custodia de los hijos y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no conviva con ellos.
  • En su caso, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, en interés de aquellos.
  • Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar.
  • Pensión de alimentos en favor de los hijos, bases de actualización y garantías en su caso.
  • Pensión compensatoria a favor del cónyuge cuya situación económica empeore como consecuencia del divorcio.
  • La liquidación del régimen económico del matrimonio, cuando proceda.

Contencioso

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Puede ser iniciado por cualquiera de los cónyuges. No es necesario el consentimiento de la otra parte.

El único requisito exigido por la ley para solicitar el divorcio es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

Tiene un mayor costo económico y es más extenso en el tiempo que el divorcio de mutuo acuerdo.

En DIVORCIO48HORAS ponemos a tu disposición un mediador para que lleguéis a un acuerdo y no tener que pasar por todo esto y hacerlo de una forma mas amistosa.

Si la mediación es exitosa, la separación se convierte en un divorcio por mutuo acuerdo.

El procedimiento continua como divorcio de mutuo acuerdo siendo obligatorio para ello presentar un convenio regulador.

El divorcio contencioso es la disolución del vínculo conyugal que se realiza ante un juez, por no existir acuerdo sobre la solicitud de divorcio o los contenidos del convenio regulador. No requiere consentimiento de la otra parte ni alegar causas.

Si hay hijos menores, también es notificado de la demanda el Ministerio Fiscal. Cuando hay hijos mayores de 12 años o con suficiente juicio, la Ley de Enjuiciamiento Civil indica que éstos deben ser escuchados respecto de las cuestiones relacionadas con su guarda y custodia.